PROCURADURÍA DESTITUYÓ E INHABILITÓ POR 12 AÑOS A ELÍ DE JESÚS MORENO EXALCALDE DE BAGADÓ, CHOCÓ

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El exalcalde del municipio de Bagadó, departamento del Chocó, Ely de Jesús Moreno, fue destituído e inhabilitado por 12 años por parte de la Procuraduría General de la Nación por presuntamente haber proferido resoluciones mediante las cuales se procedió a liquidar y a pagar prestaciones sociales a personal vinculado a contratos de servicios, que no tenían derecho a estas remuneraciones.

Así lo confirmó el Ministerio Público, el cual comprobó, en fallo de primera instancia, que el exmandatario de esta localidad en el Pacífico colombiano profirió estas resoluciones a través de las cuales se les reconocieron vacaciones, cesantías y pago el pago de estas a contratistas por prestación de servicios a la Alcaldía local, a pesar de que en los contratos se especificaba que no generaban relación laboral, razón por la cual no procedían estos pagos.

En ese sentido, el órgano de control recriminó que Moreno no empleara de forma correcta la figura de contratación por prestación de servicios e infringiera lo prescrito en los documentos y la normativa lega de esa figura de contratación, razón por la cual calificó la conducta como una falta disciplinaria gravísima a título de dolo.

“El disciplinado desconoció que la administración de los asuntos públicos debe ejercerse de manera eficiente y responsable, ajustado siempre a la normatividad legal sobre la materia”, manifestó por su parte la Procuraduría, la cual manifestó que sobre esta decisión recae un recurso de apelación ante la Sala Disciplinaria de Juzgamiento de servidores públicos de elección popular.


El pasado 3 de febrero de 2021, el Ministerio Público había proferido pliego de cargos contra el exalcalde Moreno,  por la presunta omisión de sus deberes como máxima autoridad de este municipio en el occidente de Colombia, cuestionándo la expedición de 18 resoluciones en 2011 de acreencias laborales como cesantías y vacaciones a personas que estuvieron vinculadas al municipio bajo contrato de prestación de servicios.

En esa oportunidad, el órgano de control señaló que estos vínculos no se admiten en la relación laboral, a diferencia de los honorarios convenidos, razón por la cual indicó que había podido en una falta disciplinaria al emitir estas resoluciones que son contrarias a la Ley.

“El Ministerio Público calificó provisionalmente la aparente conducta del investigado como falta gravísima a título de dolo, por posible prevaricato por acción. El exalcalde Moreno podrá solicitar o aportar pruebas que aporten a su defensa”, indicó la Procuraduría en ese momento.

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